La Fiscalía solicita la prisión permanente revisable para el hombre que mató a Tatiana Coinac en Oviedo

El ministerio público pide igualmente una condena a quince años de cárcel por un delito de agresión sexual

Agentes de la Policía Nacional trasladando al detenido por el crimen de Tatiana a sede judicial.

Agentes de la Policía Nacional trasladando al detenido por el crimen de Tatiana a sede judicial.

La Fiscalía del Principado de Asturias comunicó esta mañana que solicita prisión permanente revisable para el acusado del asesinato de Tatiana Coinac en su casa de la calle Amsterdam de Oviedo, en el barrio de Teatinos en marzo de 2023. El ministerio público Interesa igualmente que se le condene también a 15 años de prisión por un delito de agresión sexual. El escrito de conclusiones provisionales del Ministerio Fiscal ya ha sido presentado ante el Juzgado de Instrucción nº 3 de Oviedo.

La Fiscalía sostiene que el acusado, el militar suspendido Adán F. D., conoció a Tatiana un mes antes a través de diferentes páginas web de contactos, donde la víctima ofrecía sus servicios sexuales. En esas fechas, ambos mantuvieron una primera cita en la casa de la víctima, en Oviedo. El acusado, interesado en mantener un nuevo encuentro sexual con la mujer, contactó de nuevo con ella, por teléfono, acordando que el mismo tendría lugar el 9 de marzo de ese mismo año. Así, el hombre se dirigió a la casa de la víctima, desde Pola de Lena, no sin antes realizar diversos contactos, tanto telefónicos como por WhatsApp, con ella. Una vez en el portal de la mujer, esta le abrió y le permitió subir, ante la creencia de que se trataría de un encuentro profesional más. 

Sin embargo, una vez dentro de la vivienda, en el dormitorio, el acusado, con claro ánimo de satisfacer su deseo sexual, cogió dos fundas de almohada que se encontraban sobre la cama, utilizando una de ellas a modo de mordaza para evitar que la víctima pudiera pedir auxilio, poniéndosela violentamente sobre la boca y anudándosela fuertemente por la parte de atrás de la cabeza. Además, valiéndose de la otra, le anudó fuertemente las dos muñecas, imposibilitado cualquier opción de defensa. A continuación la agredió sexualmente, de forma absolutamente violenta, valiéndose de bote cilíndrico de lubricante.

En ese momento, el acusado, con la única intención de terminar con la vida de la mujer, así como de causarle el máximo sufrimiento posible (más allá del estrictamente necesario para causarle la muerte), y sin que ella pudiera prever el ataque, se colocó por detrás y, utilizando la técnica del “mataleón” -que conocía a la perfección por su formación militar-, le agarró fuertemente el cuello entre sus brazos, dejándose caer sobre la cama, con la víctima encima. Todo ello, durante un intervalo de entre 7 y 10 minutos y apretando sus brazos con fuerza y una violencia de gran magnitud.

Acto seguido, el acusado, perfectamente consciente de que había logrado acabar con su vida, ya que la mujer no respiraba ni tenía pulso ni signo vital alguno, la colocó en posición lateral para trasladarla al cuarto de baño y colocó el cadáver dentro de la bañera. Se dirigió a la cocina, cogió una tijera de un cajón y regresó al baño, donde cortó a jirones la ropa que llevaba puesta la mujer, que tiró a una papelera junto con las dos fundas de almohada que había utilizado anteriormente, desnudándola completamente. A continuación, abrió el grifo, volvió a la cocina a dejar las tijeras y regresó al cuarto de baño, cerró la bañera una vez se hubo llenado de agua y se fue, regresando a Pola de Lena.

El acusado se encuentra en situación de prisión provisional sin fianza por esta causa desde el 31 de mayo de 2023. La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de los siguientes delitos de asesinato, un delito de agresión sexual (violación). Concurre en el acusado la circunstancia agravante de la responsabilidad penal de reincidencia para el delito de agresión sexual.

Fiscalía solicita que se condene al acusado, por el delito de asesinato, la pena de prisión permanente revisable, accesoria de inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, así como la medida de libertad vigilada por un período de 10 años y con cumplimiento de las siguientes medidas: Obligación de estar siempre localizable mediante aparatos electrónicos que permitan su seguimiento permanente, comunicar inmediatamente, en el plazo máximo y por el medio que el Juez o tribunal señale a tal efecto, cualquier cambio del lugar de residencia o del lugar o puesto de trabajo y la prohibición de aproximarse y comunicarse con la madre de la víctima.

Por el delito de agresión sexual (violación) pide la pena de 15 años de prisión y accesoria de inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena.

Además, de conformidad con el artículo 192.3 párrafo 2º CP se impondrá al acusado la pena de inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio sea o no retribuido que conlleve contacto regular y directo con menores de edad durante 35 años.

Abono de costas.

En concepto de responsabilidad civil, el acusado indemnizará a la madre de la víctima con 200.000 euros, más los intereses legales correspondientes