Una empresa tendrá que pagar 3.402 euros a una vecina que se cayó en una zanja y necesitó 33 días de hospitalización y le quedó una secuela de atrofia muscular en el brazo izquierdo. La mujer reclamaba por este incidente 8.704 euros y su demanda afectaba también al Ayuntamiento de Avilés. Sin embargo, el magistrado David Ordóñez Solís, del juzgado de lo Contencioso-administrativo número 4 de Oviedo y responsable del fallo, considera que no existe responsabilidad por parte del Consistorio, que la cantidad y que reclamaba es excesiva. La rebaja en buena medida al considerar que la mujer iba despistada, y que esa falta de atención influyó en la caída.

Los hechos juzgados se produjeron el 28 de septiembre de 2016. Ese día, la mujer pasó por unas tablas que se habían colocado sobre una zanja, en la calle González Abarca, y al pisar uno de esos trozos de madera, éste basculó y le golpeó en la cara, con lo que la viandante acabó en la zanja. Las lesiones fueron en la muñeca izquierda, que resultó fracturada, y también en el lado izquierdo de la frente, según manifestó la mujer a la Policía Local.

Según la sentencia, la caída se produjo "como consecuencia de la colocación de pasos provisionales en la acera en un lugar donde se estaban llevando a cabo obras por la contratista municipal que, por lo demás, se había atribuido la seguridad de la obra convenientemente". De ahí que aun cuando el Ayuntamiento de Avilés tiene las competencias de vigilancia y control de los espacios públicos y le corresponde determinar las obligaciones de sus contratistas, en este supuesto "la caída se produjo como consecuencia de las obras realizadas por la contratista y debido a una acción que puede calificarse de desafortunada en la solución de la medida de seguridad en una acera de una calle de la villa, donde tiene su domicilio la recurrente", entiende el juez.

Por eso, el magistrado exculpa al Ayuntamiento y atribuye la responsabilidad a la contratista municipal. "Resulta acreditada la relación de causalidad entre la caída y la deficiente seguridad aplicable en una calle en obras por donde pretendía transitar la recurrente", afirma en la sentencia. Sin embargo, rebaja la condena teniendo en cuenta la responsabilidad también de la propia vecina en la caída. "Aun cuando la zona estuviese en obras, la colocación del paso suponía un obstáculo para los vecinos que resultaba realmente difícil de esquivar incluso para un peatón muy avisado y prudente. Sin embargo, se puede considerar que la recurrente no puso toda la atención que requería el lugar, como se desprende del reportaje fotográfico", prosigue. La sentencia emitida por el juzgado es firme y, contra ella, no cabe interponer recursos ordinarios.